Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto el día 28 de octubre de 2.010, por el ciudadano ALFONZO JOSE TERAN MORALES, asistido por el abogado BENIGNO COLMENAREZ, contra el auto dictado el auto dictado el 22 de octubre de 2010, por el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que negó oír el recurso de apelación interpuesto, contra la sentencia dictada en fecha 29 de julio de 2010, en el expediente N° 1.617, en el juicio por TERCERIA, incoado por los ciudadanos ALFONZO JOSE TERAN MORALES, VICTOR REYES CORTES y GUSTAVO JIMENEZ BUSTAMANTE, asistidos por el abogado BENIGNO COLMENAREZ, contra la SUCESION.....