Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la regulación de competencia solicitada en fecha 15 de julio de 2010, por el abogado WILFREDO SANCHEZ LIBRADOR, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSE DEL CARMEN DURAN; NANCY JOSEFINA ROA DURAN y ANA AIDEE ROA CONTRERAS, contra la sentencia dictada en fecha 30 de junio de 2010, por el Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial; SEGUNDO: QUE EL MENCIONADO JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ES EL COMPETENTE PARA CONOCER del juicio contentivo de COBRO DE BOLIVARES (VIA .....