En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito, y Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción. Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 09 de julio del 2009, por el abogado JOSE ADONAY BALESTRINI MORONTA, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio CORPORACIÓN ADMINISTRADORA DE INMUEBLE, S.A. (CASA), contra la sentencia interlocutoria dictada el 07 de julio del 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que declaró terminado el procedimiento voluntario de reconocimiento de contenido y firma.-
Queda así REFORMADA la sentencia interlocutoria objeto de la presente apelación.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con lo estableci.....