Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 04 de abril de 2.011, por el abogado FREDDY ALEXIS RODRIGUEZ, contra el auto dictado el 23 de marzo de 2011, por el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que negó oír el recurso de apelación interpuesto el 22 de marzo de 2011, contra la sentencia dictada en fecha 30 de junio de 2010, en el expediente N° 1.492, en el juicio contentivo de Resolución de Contrato de Arrendamiento, incoado por el ciudadano SAMIR RAFEH SLAIMAN, actuando en su carácter de Administrador de la sociedad mercantil CASA PROPIA BIENES RAICES C.A., asistido por el abogado FREDDY ALE.....