En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION interpuesto por la abogada FLORELIA MOTA, en su carácter de apoderada judicial de los demandados, ciudadanos JUAN JAYO y JULIO LEON, en fecha 09 de abril de 2012, contra el auto dictado el 27 de marzo de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
Líbrese Oficio al Juzgado "a-quo" informándole sobre las resultas del presente fallo.
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