En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE IN LIMINIS LITIS, la presente acción de amparo interpuesta por el ciudadano ADOLFO MUSKUS, asistido por el abogado ALEXIS ANTONIO ZAMBRANO; contra la sentencia definitiva dictada el 23 de abril de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial; en el juicio contentivo del cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento de prorroga legal, incoado por el ciudadano PEDRO LUIS RODRIGUEZ LARA, contra el mencionado ciudadano ADOLFO MUSKUS; en el expediente signado con el N° 21.882, nomenclatura del precitado Juzgado Tercero de Primera Instancia.-
PUBLIQUESE, R.....