Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado OSMEL ANTONIO MALAVER VILLARROEL, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GEORGES CHRISTOU, contra el auto dictado el 06 de junio de 2014, por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que negó oír el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado en fecha 03 de febrero de 2014, en el expediente N° 1812, contentivo del juicio por DESALOJO, incoado por la ciudadana BEATRIZ JOSEFINA DIAZ RIVAS, contra el ciudadano GEORGES CHRISTOU.
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