Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 08 de febrero del 2009, por la ciudadana ELISABETTA GRAZIANI, asistida por la abogada MARIA GRATEROL, parte demandada, contra los autos de fecha 28 de enero y 05 de febrero del 2010, dictados por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello.- SEGUNDO.- LA NULIDAD de los autos dictados el 28 de enero de 2010 y el 05 de febrero de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello. En con.....