Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 15 de octubre de 2009, por el abogado NELSON LUGO, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil POLICLINICA URDANETA, C.A., contra la sentencia interlocutoria dictada el 14 de octubre de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con sede en Puerto Cabello.- SEGUNDO.- CON LUGAR las cuestiones previas contenidas en los ordinales 10 y 11 del artículo 346 del Código de de Procedimiento Civil, opuesta por el abogado OMAR LEONARDO NUÑEZ CHIRIVELLA, en su carácter de defensor ad-litem de la parte demandada, ciudadana MARIA JOSEFINA MEAÑO MORE.....