Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JAVIER EDUARDO GIORDANELLI, actuando en nombre propio, contra el auto dictado en fecha 26 de junio de 2014, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: INADMISIBLE LA RECONVENCIÓN formulada por el abogado JAVIER GIORDANELLI, actuando en su propio nombre, contra la ciudadana SORAYA JOSEFINA CAMPINS DE CIPRIANI.
Queda así CONFIRMADO el auto objeto de la presente apelación.-
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.-
Líbrese Oficio al Juzga.....