Por los fundamentos precedentes expuestos, en este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la tacha incidental propuesta por la sociedad mercantil EL RETOÑO, C.A., contra el documento privado de fecha 31 de Diciembre del año 1995, autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Valencia el 27 de Febrero del año 1996, bajo el N° 83, Tomo 25, contentivo de un contrato de arrendamiento inmobiliario a tiempo determinado sobre la parcela N° 195 de la Zona Industrial Municipal Norte, final Av. Norte ? Sur, antiguo Municipio San Blas, Distrito Valencia, (Hoy Municipio autónomo Valencia) del Estado Carabobo, suscrito por el ciudadano LUÍS A. GIRÓN R., actuando a titulo personal como arrendador y propietario por resultar nulo e inexistente el mismo. Así mismo, también SE DECLAR.....