Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Conforme a los artículos 206 y 208 ambos del Código de Procedimiento Civil, se decreta la nulidad de todas las actuaciones siguientes al auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 27 de octubre de 2004, en el cual se oyó, en un sólo efecto, la apelación interpuesta el 07 de octubre del 2004, por la ciudadana MARIA IVONNE GOMEZ DE FERNANDEZ, asistida por la abogada SUSAN LORENA ORTEGA APONTE, contra la sentencia interlocutoria dictada el 24 de mayo del 2004, incluyendo la sentencia definitiva dictada en el este juicio, motivo del presente recurso.- SEGUNDO: Se ordena al Juzgado de la ca.....