Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, y de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR, la apelación interpuesta el 18 de febrero de 2011, por el abogado JACOBO ROMAN GUEVARA, apoderado judicial de la parte demandante, CONDOMINIO EDIFICIO TORRE TREBOL, contra la sentencia interlocutoria dictada el 10 de febrero de 2011, por el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO.- SE ANULA la sentencia interlocutoria dictada el 10 de febrero de 2011, por el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia se REPONE LA CAUSA AL ESTADO en que el Tribunal "a-quo", admita la.....