En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por los abogados PEDRO BRITO y SALVATORE CHIARACANE, Apoderados Judiciales de la sociedad de comercio INVERSIONES BLA BLA C.A., contra la sentencia dictada el 20 de Febrero del 2003, por la abg. RORAIMA BERMÚDEZ G., Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: La nulidad de la sentencia dictada el 20 de Febrero del 2003, por la abg. RORAIMA BERMÚDEZ G., Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- TERCERO: La nulidad.....