en consecuencia el dispositivo CUARTO del fallo, deberá leerse así:
CUARTO: Se condena al demandado ELEAZAR VASQUEZ A:
1. DESALOJAR el inmueble constituido por una casa en la Urbanización Santa Inés, sector 03, calle 13, casa Nro. 8, en jurisdicción de la parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo.
2. A pagar la cantidad de UN MILLON OCHENTA MIL BOLIVARES (1.080.000,00) por falta de pago de nueve (09) cánones de arrendamiento vencidos y consecutivos, correspondientes a las fechas del 05 de octubre de 2003 al 05 de julio de 2004, a razón de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (120.000,00).
3. Se condena al demandado a cancelar la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES por concepto de cada mensualidad que transcurra a partir del 05 de julio de 2004.
4. En relación a los particulares c) y d) del capitulo III denominado ?petitorio?, referente al pago de doce meses por concepto de consumo de luz y agua, los mismos no son procedente ya que no fueron estimadas sus cant.....