Visto el escrito presentado por el Abogado RHAYWAL PARRA AGUIAR, en su carácter de autos, contentivo del Desistimiento, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, y acuerda tenerlo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente.
La Juez Provisoria,
Abog. Omaira Escalona
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
OE/jaimir.-
Exp. N° 21.323.-