por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos CESAR AUGUSTO SIMANCAS IÑIGUEZ Y YSABEL CRISTINA DIAZ REYES, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 02 de Julio de 1982, fecha en que contrajeron matrimonio civil por ante la Directora de Registro Civil del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Acta Nº 19, Folio 34, Año 1982.
En cuanto a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los Solicitantes manifestaron que los hijos de nombres YARIBEL SOLANGE SIMANCAS DIAZ Y KRISTINA YSABEL SIMANCAS DIAZ, procreados durante el matrimonio actualmente son mayores de edad.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los veintiséis (26) dí.....