los jueces COMISIONADOS no podrán dejar de cumplir su comisión, sino por nuevo decreto del comitente, e igualmente DEBEN LIMITARSE A CUMPLIR ESTRICTAMENTE SU COMISIÓN, sin diferirla so pretexto de consultar al comitente sobre la inteligencia de la misma, es decir, a los jueces comisionados les está prohibido analizar si la comisión que les ha sido ordenado cumplir, se encuentra o no ajustada a derecho, o si la misma ¿no es clara en su contenido¿¿, debiendo LIMITARSE A CUMPLIR ESTRICTAMENTE LA COMISIÓN.