declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos YURY JOSUE HERNANDEZ REYES y MIRLA JOSEFINA HENRIQUEZ MARTINEZ, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 27 de enero de 1982, fecha en que contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura de la Parroquia Candelaria, Municipio Valencia del Estado Carabobo.