INADMISIBLE la Acción de Amparo interpuesta por el ciudadano JOSÉ BENJAMÍN GALLARDO GONZÁLEZ, contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA ELECTRICIDAD DE VALENCIA (ELEVAL), con fundamento a la disposición contenida en la disposición contenida en el articulo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y Así se Decide.-