Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer de la presente demanda POR PAGO DE OBRA CALIFICADA, incoada por el ciudadano ROBERT ADOLFO NIEVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.520.739, asistido por los abogados JULIO CESAR RINCON PARRA y ORLANDO JESUS QUINTERO NAVAS inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 298.272 y 282.131, respectivamente, contra JOSÉ FERNANDEZ ALVARADO, JOSÉ JAVIER FERNÁNDEZ ALVARADO y REINALDO ANDRÉS FERNÁNDEZ ALVARADO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.754.323, V- 184.753.801 (sic) y V-718.746.356, respectivamente, en su carácter de Representantes legales de.....