Y dado que fue declarada parcialmente con lugar la demanda, y se condenó al demandado Fernando Antonio Viera, a pagar ciertas cantidades de dinero, considera quien aquí decide, igualmente procedente la corrección de la sentencia, en el sentido de condenar al demandado FERNANDO ANTONIO VIERA KEY, a la entrega del inmueble arrendado libre de cosas y el mismo buen estado en que lo recibió, así como a presentar las solvencias de los servicios públicos y privados prestados al inmueble, en tal sentido, el PARTICULAR SEGUNDO del dispositivo del fallo deberá leerse en los siguientes términos:
"SEGUNDO: Se condena al demandado FERNANDO ANTONIO VIERA KEY, a pagar la cantidad de CATORCE MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 14.400,00), por concepto de 18 mensualidades insolutas correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre, y diciembre de 2006, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, y diciembre 2007, enero, y febrero, 2008, a razón .....