DISPOSITIVA.-
Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por la abogado SHIRSTIN INES YÁNEZ MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.169, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad de comercio SERENOS YARA C.A. (SEYACA), inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 26 de noviembre de 1982, bajo el Nro. 54, Tomo 22-A y con reformas estatutarias posteriores, interpuso formal demanda contra la sociedad de comercio CONSORCIO GHELLA SOGENE DRAGADOS FCC OTIPSA.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte perdidosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
De conformidad con lo e.....