este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara:
INCOMPETENTE, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Abogados, y declina la competencia en el Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Estado Carabobo.