PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (Procedimiento por Intimación), intentada por la abogado MARIELA MÁRQUEZ, en su carácter de endosataria en procuración de la ciudadana LETICIA OCAMPO DE CARVALHO, contra la ciudadana LUZMILA COROMOTO LÓPEZ REYES.
SEGUNDO: Se condena a la demandada LUZMILA COROMOTO LÓPEZ REYES, a pagar a la demandante las siguientes cantidades:
1) Bs. 6.100.000,00 por concepto de la cambial identificada "A" que fue anexada al libelo.
2) Bs. 11.154.000,00, por concepto de la cambial identificada "B" que fue anexada al libelo.
Lo que da un total de Bs. 17.254.000,00.