horas de despacho del día de hoy, siete (07) de febrero del año dos mil once, siendo las 11:00 de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el primer acto conciliatorio del juicio, se hizo anunciar dicho acto a las puertas del Tribunal por el Alguacil del mismo. El Tribunal deja constancia que la parte demandante ciudadana MELIDA MARGARITA DUQUE, no compareció al acto. Igualmente deja constancia que la parte demandada ciudadano GEORGES ELIA AL HADDAD ASHKAR, no compareció ni por si, ni mediante apoderado judicial, el Tribunal así lo hace constar. Tal y como lo dispone el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, en su parte final, cuyo contenido es el siguiente:
"...La falta de comparecencia del demandante a este acto será causa de extinción del proceso..."
Por lo que, en virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal declara EXTINGUIDO el proceso, tal y como lo contempla la norma adjetiva antes mencionada.
La Juez Provisorio...