Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la demanda por PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por la ciudadana MARIBEL RUIZ DELGADO, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.239.176, asistida por la abogada MARIA ISELA SERRANO MATEHUS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.132.
Publíquese y déjese copia.