declara con lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos ODILIO ALQUIMEDES RIVERO ESCORCHA en su condición de CÓNYUGE y a ROSMELY AILEE PADRÓN VARGAS y ROISELY JOSEFINA VARGAS VARGAS en sus caracteres de HIJAS, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la difunta ADRIANA JOSEFINA VARGAS PANTOJA, quien falleció ab-intestato, el día 30 de Noviembre del año 2007 según consta de Acta de Defunción que corre inserta en el folio (05) de la presente solicitud y signada con el N° 073, Folio 037, Año 2007 y expedida por el ciudadano Director del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Vargas en fecha 15 de Octubre del año 2008. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.