Se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar que pesa sobre el inmueble objeto de este juicio. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Registro respectiva. Se advierte que una vez que la propietaria consigne el documento de condominio del inmueble dado en venta mediante esta transacción, este Tribunal procederá a decretar la medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el mismo. Igualmente, se acuerda oficiar al: 1) Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, a fin de informarles que las partes celebraron acto de auto composición procesal y a los efectos consiguientes remitirles copia certificada de la misma y del presente, ello en razón de decisión que se encuentra pendiente en esa Sala en el Cuaderno de Medidas de esta causa; y 2) Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a fin que remita a la brevedad posible la cantidad de dinero que fue consignada por la parte demandada por concepto de caució.....