Por lo que en cumplimiento a lo establecido en la anterior Jurisprudencia, y visto que en el presente proceso se encuentran involucrados bienes (terreno) propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley declara su incompetencia para seguir conociendo de la presente causa, declinando la misma en el Juzgado Superior en lo Contencioso-Administrativo de esta misma Circunscripción Judicial, al que se le remitirán las presentes actuaciones una vez quede firme esta decisión, mediante oficio.-