Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE SOBREVENIDAMENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los abogados Carlos Eduardo Castellanos Aguiar, Enrique Espinoza Lara y Pablo Blanco Ruiz, Inpreabogado N° 95.746, N° 102.652 y N° 95.930, respectivamente, con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSÉ RAFAEL VILLANUEVA RUIZ, cédula de identidad V-9.531.097, contra la Providencia Administrativa N° 1462, de fecha 30 de abril de 2.007, Expediente Nº 069-2006-01-03100, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO VALENCIA, PARROQUIAS EL SOCORRO, SANTA ROSA, LA CANDELARIA, MIGUEL PEÑA, MUNICIPIOS LIBERTADOR, BEJUMA, MONTALBÁN, MIRANDA Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, en la cual se declaró sin lugar la solicitud .....