Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano BULMARO COLMENAREZ ZAMBRANO, antes identificado, en contra d la sociedad de comercio C.A. VENEZOLANA DE VIGILANCIA, igualmente identificada, por lo que en consecuencia se condena a la demandada a cancelar al trabajador demandante las siguientes cantidades: 1) La cantidad de Bs.6.453.291.90 , suma esta que representa la sumatoria de cada uno de los conceptos y montos antes especificados en el presente fallo; 2) la cantidad que resulte de la experticia complementaria al presente fallo, que se ordena, que calcule el monto generado por la depreciación monetaria sufrida por la cantidad de Bs. Bs.6.453.291.90 , de acuerdo con lo contemplado en el literal ¿c¿ del artículo 108 eiusdem, aplicando.....