Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley:
Primero: LA PERENCIÓN de la Instancia y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en la PRETENSION DE NULIDAD interpuesta por la ciudadana DESIREE YUBARIS HOSTO SANDOVAL, titular de la cédula de identidad Nº 11.525.049, contra la Providencia Administrativa Nº 318, de fecha 22 de abril de 2004,emanda de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Autónomos Valencia, Libertador, San Diego, Naguanagua, Los Guayos, Carlos Arvelo, Bejuma, Montalbán y Miranda del Estado Carabobo, la cual declara improcedente el reenganche y pago de salarios caídos incoado por la ciudadana DESIREE YUBARIS HOSTO SANDOVAL, .....