DECISIÓN
Conforme a lo expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo,, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el abogado DILLA SAAB SAAB, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 67.142, actuando con el carácter apoderado judicial de la empresa CONSORCIO PROMOTING C.A
En consecuencia, se ORDENA la suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en el ACTA producida en fecha 01 de diciembre de 2010 en el Expediente Nº 080-2010-01-03620, de la nomenclatura llevada por la Inspector Jefe del Trabajo Cesar "Pipo" Arteaga, Zona Norte, así como la Nulidad de una pretendida Providencia Administrativa registrada bajo el N° 1573; en la cual se ordena a la parte recurrente el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano JULIO CESAR OV.....