REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 28 de Septiembre de 2021
211º y 162º
Hecha la revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto, se observa que riela inserta a los folios 263 al 276, sentencia definitiva dictada por este Juzgado Agrario en fecha 30/08/2021, en la cual declaró: "(...) Se declara la presente Demanda Agraria (Quiebra), propuesta por el abogado EDUARDO E. BERNAL ACUÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.491.119, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 6.585, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA NIVAR, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 24 de abril de 1992, bajo el Nº 50, Tomo 9-A, en contra la Sociedad Mercantil SOLUCIONES GSC, S.A., debidamente inscrit.....