En mérito a las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por haber operado el abandono del tramite de la Acusación Privada, en cuanto al Recurso de Apelación interpuesto por el acusador privado JUAN MARCANO VASQUEZ (victima), debidamente asistido por la Abogada LACAISMA LUNA, de conformidad con lo establecido en el artículo 300.3, en relación con el artículo 49.3, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto signado bajo la nomenclatura N° GP11-P-2011-001492, en la acusación Privada incoada en contra de las ciudadanas LIBIA ESTHER VILLA y ROMY RENATA RODRÍGUEZ PERDIGÓN. SEGUNDO: Queda así MODIFICADA la decisión dictada por el.....