Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta el 11 de marzo de 2010, el abogado EDGAR NUÑEZ ALCANTARA, apoderado judicial del accionante, ciudadana EVARISTO GARCIA, contra la sentencia interlocutoria dictada el 22 de junio del 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que declaró la perención de la instancia.- SEGUNDO.- LA PERENCÍÓN ANUAL, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO incoado por el ciudadano EVARISTO ANTONIO GARCIA, en virtud de la cesión de derechos efectuado por la sociedad de comercio LACTEOS EL CHAO, C.A., contra la sociedades mercantiles GRACE DE VENEZUELA, S.A., a.....