SE RECHAZO la Querella interpuesta por los ciudadanos OMAIRA DEL CARMEN ARAUJO BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V-5.372.515, GUERRERINO GIUSEPPE COSMA META, titular de la cédula de identidad N° V-7.020.639, LUIS MIGUEL ESPINOZA BADARACO, titular de la cédula de identidad N° V-13.898.002, REBECA DEL CARMEN BATA GALLARDO, titular de la cédula de identidad N° V-4.924.976 y JOSE DEL CARMEN ALBARRAN SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.017.545, en contra de la entidad bancaria C. A CENTRAL, BANCO UNIVERSAL, en la personas del Presidente Ejecutivo de la Junta Directiva, ciudadano ALEJANDRO GOMEZ SIGALA, titular de la cédula de identidad N° V-5.553.810 y del ciudadano OMERO IZQUIEL, titular de la cédula de identidad N° V-3.858.984, Vice-Presidente Ejecutivo de la Junta Directiva, por el delito de USURA, previsto y sancionado en el artículo 108 de la Ley de protección al Consumidor y al Usuario vigente desde el 04 de mayo de 2004, en consecuencia no se admite. Decisió.....