En virtud de lo precedentemente expuesto, Tribunal Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre los ciudadanos MIGUEL ANGEL PUERTA SUAREZ, OTONIEL FERNANDEZ FIGUEREDO, JOSÉ RAFAEL SALAZAR GUEVARA, DOGLAN JESUS CONTRERAS VASQUEZ, HENRY JOSÉ GABRABAN TORRES, GIOVANNY RAFAEL MEDINA SANCHEZ, JACKSON ARISTIDES QUINTERO PEÑA, ARDENIS ANTONIO PEDROZA HERNADEZ, WILMER ALFREDO MEDINA MIJARES, WLADIMIR RAMON LAYA LUGO, YMBER OSWALDO SEQUERA Y UWENCE GRANADILLO SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, identificados con los Números de cédulas de identidad 8.608.538, 6.687.591, 22.742.498, 19.567.232, 6.156.724, 21.531.033, 13.079.961, 20.294.331, 12.427.572, 14.109.191, 13.644.656 Y 11.750.562 y la entidad de trabajo DELL ACQUA C.A en los mismos término.....