Con fundamento a los razonamientos antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por YENNY RAMIREZ, representada judicialmente por la Profesional del Derecho LIONEL LOVELIA LEON DOMINGUEZ, en contra de JAISE SPORT, C.A, representada por MARCO ANTONIO ROMAN y GRISELDA ROMAN DE REYES, y en consecuencia, condena a la demandada JAISE SPORT, C.A a pagar al actor las siguientes cantidades por los siguientes conceptos,
Fecha de ingreso: 17-09-2000.
Fecha de egreso: 17-02-2003.
Salario diario: Bs. 5.808,00.
Salario Integral: Bs. 6.195,20.
Tiempo de servicio: 2 años y 5 meses.
1. De conformidad con el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo Por concepto de indemnización sustitutiva del preaviso omitido: a razón de 60 días x BS. 6.195,20= BS. 371.712,00.
2. De co.....