En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 364,365 y 367 del Código Orgánico Procesal, ABSUELVE al ciudadano: ERICK ANTONIO BLANCO HERRERA, venezolano, mayor de edad, natural de Caracas, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.300.369, fecha de nacimiento: 02-06-1982; residenciado en los Guayos Viejo, calle Páez, casa No. 7, Valencia, Estado Carabobo, por la comisión del delito de Robo Agravado en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte, del Código Penal. Así mismo se ordena oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX); a la División de Antecedentes Penales del Mi.....