En virtud de lo anterior, en atención a la tutela judicial efectiva y sin dilaciones injustificadas, y por mandato de nuestra Ley Penal Adjetiva de conformidad con los artículos 321 y 324 del Código Orgánico Procesal Reformado, aplicados de conformidad con el artículo 553 del Código orgánico Procesal Penal, este Tribunal de primera Instancia en lo Penal en Función de Control N° 2 Administrando Justicia, en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 5° del Código orgánico Procesal Penal, y en consecuencia el CESE DE LA CONDICION DE IMPUTADO Y DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD que pese sobre el ciudadano GUILLERMO DE JESUS LOPERA ORTIZ MONTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E.- 81.816.987, residenciado en La Urbanización El Molino, Av. Bolívar, casa N° 37, Municipio Libertador, Estado Carabobo. Se ac.....