Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, intentada por la ciudadana LUZ MÉRIDA SEVILLA PÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.147.696, de este domicilio, contra el ciudadano ADRIAN JOSÉ ZAMBRANO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.068.291, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el 17 de octubre de 2003, ante la Oficina del Registro Civil del Municipio Naguanagua del estado Carabobo Acta Nro. 324, Tomo II, Año 2003.
En lo que respecta a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que la parte manifestó que no se procrearon hijos.
En lo que respectan a los bienes, el Tribunal n.....