DECLARA PROCEDENTE la solicitud formulada por la Representante del Ministerio Público y la víctima, en relación a la investigación seguida en contra del presunto agresor ciudadano JOSÉ ÁNGEL RAMOS BERMÚDEZ, y se RATIFICAN las medidas consagradas en el artículo 87, ordinales 1, 3, 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Por otro lado, se DECLARA SIN LUGAR la petición de la defensa de Omisión Fiscal.