DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones antes expuestas, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara LA NULIDAD ABSOLUTA de la audiencia preliminar de fecha 17 de junio de 2003, celebrada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Primero de este Circuito Judicial Penal, y actuaciones subsiguientes en virtud de haberse inobservado las formas y condiciones previstos en los artículos 173, 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 190, 191, 195 y 196 del citado texto legal, y se ordena se celebre nuevamente la Audiencia Preliminar por un Juez distinto al que dictó el fallo anulado.
Publíquese, Regístrese, notifíquese a las partes y remítase la actuaciones.
Dada, firmada y sellada en la Sala N°. 2 de la Corte de Apelacione.....