DISPOSITIVA
Por lo razonamientos anteriores este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO y
EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JAOQUIN Y DIEGO IBARRA DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre
de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE LA PRETENCIÒN
DE DIVORCIO con fundamento en el articu1o 185-A, del Código Civil formulada por la
ciudadana OMAIRA MILAGROS SANTANA CORONADO, contra el ciudadano LUIS CEJUDO
TORRES OROZCO plenamente identificados en el encabezamiento del presente fallo y en
consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 14 de
Febrero de 2008, , fecha en la que contrajeron Matrimonio por ante la Oficina de Registro
Civil de la Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Acta Nº 84. Tomo I
Por cuanto la solicitante manifestó no haber adquirido bienes durante el matrimonio
no hay COMUNIDAD CONYUGAL que liquidar.....