Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: ÚNICO: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN, intentada por FRANCISCO MIGUEL CORONEL CONDE, VICTOR MANUEL CALDERA A. MARIA ESTEFANIA CALDERA DE HERNANDEZ, MARIA ANTONIETA CALDERA, CARLOS MANUEL, VICTOR FRANCISCO Y FRANKLIN EURIPIDES CALDERA y JOSÉ VICTORIANO CALDERA, a través de sus apoderados judiciales, PEDRO A. MANINAT M. y LUIS A. MADURO, identificados anteriormente, en contra del ciudadano ANTONIO HUMBERTO HENRIQUEZ, igualmente identificado. No hay expresa condenatoria en costas a las partes, por la naturaleza especial de esta Sentencia. Por cuanto la Sentencia sale fuera del lapso de Ley, se ordena la notificación de las Partes, mediante un Cartel que se acuerda publicar y fijar en .....