|
|
|
|
|
|
Decisiones del dia 19/10/2016 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
GP31-S-2016-000500
|
N° Sentencia :
2016-131
|
Fecha: 19/10/2016 |
Procedimiento: Solicitud De Único Y Universal Heredero |
Partes: CARMEN XIOMARA MATOS MEDINA, ARMYS MASSIEL MATOS MEDINA Y ANTONIS JOSE MATOS MEDINA |
Resumen:
este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastante la precitada Justificación de Testigos para asegurarle a los ciudadanos, CARMEN XIOMARA MATOS MEDINA, ARMYS MASSIEL MATOS MEDINA y ANTONIS JOSE MATOS MEDINA, anteriormente identificadas, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ARGENIS JOSE MATOS VILLASMIL, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Conforme se pide, devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. Expídanse las copias certificadas solicitadas. CUMPLASE.-
.....
|
Juez/Ponente:
Evelyn Gonzalez
|
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
|
N° Expediente :
GP02-L-2015-001379
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 19/10/2016 |
Procedimiento: Desistimiento |
Partes: FRANCISCO VENANCIO APONTE GUERRA, CONTRA PROYECTOS INMOBILIARIOS VIMA C.A. |
Resumen:
DECISIÓN
Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y por aplicación analógica de lo contemplado en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO, solo en cuanto al desistimientote de una de las codemandadas, específicamente de PROYECTOS INMOBILIARIOS VIMA C. A. otorgándosele CARÁCTER DE COSA JUZGADA. Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDA la demanda contra la entidad de trabajo PROYECTOS INMOBILIARIOS VIMA C. A., FORMULADA EN FECHA 18 DE OCTUBRE 2016. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 206° de Independencia y 157° de Federación.
LA JUEZA,
ABG. NAZARET DAMELI BUENO CLARIN
LA SECRETARIA
ABG. YARIMA FLOREZ JIMENEZ
.....
|
Juez/Ponente:
Nazareth Damelí Bueno Clarín
|
Organo:
Tribunal Undecimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
|
N° Expediente :
7.331
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 19/10/2016 |
Procedimiento: Recurso De Nulidad |
Partes: ORMAY FERNANDA ZAPATA GONZALEZ VS DIRECCION DE EDUCACION REGIONAL DEL ESTADO COJEDES |
Resumen:
Este Juzgado considera conveniente notificar a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
|
|
|
|