En consecuencia de lo antes expuesto, hasta tanto conste en autos la certificación del cumplimiento efectivo del la orden de reenganche y la restitución de la situación jurídica infringida, emitida por la Inspectoría del Trabajo "César Pipo Arteaga" de los Municipios San Diego, Naguanagua, Valencia, Parroquias San Blás, San José, Rafael Urdaneta y Catedral del Estado Carabobo, no se le dará curso al trámite y sustanciación de la acción interpuesta por la entidad de trabajo AUTOMERCADOS SUPER REY VALENCIA C.A., en tal sentido, se ordena requerir mediante oficio a Inspectoría del Trabajo "César Pipo Arteaga" de los Municipios San Diego, Naguanagua, Valencia, Parroquias San Blás, San José, Rafael Urdaneta y Catedral del Estado Carabobo, la remisión a este Juzgado de la correspondiente certificación de cumplimiento efectivo de la orden de reenganche y la restitución de la situación jurídica infringida por parte del patrono, a los fines de la continuación del curso legal de la .....