Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 17 de enero del 2005, por la abogada YILLY ARANA, en su carácter de apoderada de los accionados, ciudadanos GREGORIO OLIVER GONZALEZ y MARJORIE CHIQUINQUIRA MOLINA INFANTE, contra el auto dictado el 20 de diciembre del 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad, que negó la fijación de nueva oportunidad para la declaración de los testigos promovidos.- SEGUNDO: REVOCA el auto anterior, y REPONE LA CAUSA al estado en que se fije nueva oportunidad para que declaren las testigos, ciudadanos MARIA DEL ROSARIO ISAMBERTT RINCON, AMADOR FUENTES ACUÑA, y BRIZAIDA JOSEFINA GONZALEZ NATERA, a cuyos .....